AJD en Madrid: cuánto se paga de actos jurídicos documentados al comprar vivienda
Al comprar una vivienda en Madrid, casi todo el mundo tiene claro que hay que pagar impuestos, pero muchos propietarios descubren el impuesto de actos jurídicos documentados el mismo día de la firma, cuando el notario menciona el modelo 601. El AJD en Madrid no aparece siempre: depende de si compras obra nueva o segunda mano, de si firmas hipoteca y del tipo de escritura que lleves al notario. Te explicamos cuándo se paga, cuánto y quién asume el coste.
En la Comunidad de Madrid, el AJD al comprar vivienda nueva es en 2026 del 0,75 %; si compra una persona física, baja al 0,5 % hasta 180.000 euros y al 0,4 % hasta 120.000 (art. 32 del Decreto Legislativo 1/2010). La segunda mano paga ITP, no AJD, y el AJD de la hipoteca lo paga el banco.
Índice del artículo
Qué es el impuesto de actos jurídicos documentados
El AJD es una de las tres modalidades del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. No grava la compra en sí, sino el documento: las escrituras notariales que tienen por objeto cantidad o cosa valuable y que son inscribibles en un registro público, como el Registro de la Propiedad. Es un tributo cedido a las comunidades autónomas, de modo que el porcentaje que acabas pagando lo fija la Comunidad de Madrid.
La regla que más confusión genera es la incompatibilidad entre el ITP y la cuota gradual del AJD. Si una operación ya tributa por transmisiones patrimoniales onerosas, no vuelve a tributar por AJD. Por eso, cuando compras un piso de segunda mano en Madrid, solo pagas el ITP al comprar un piso en Madrid, y no AJD por esa compraventa.
Cuándo paga AJD un propietario en Madrid
Estas son las situaciones más habituales en las que un propietario se topa con este impuesto:
- Compra de vivienda nueva: la entrega por el promotor está sujeta a IVA, y, al no haber ITP, sí se paga AJD por la escritura.
- Escritura de préstamo hipotecario: está gravada por AJD, aunque desde 2018 no la paga el comprador (lo vemos más abajo).
- Declaración de obra nueva y división horizontal: típico al construir una vivienda unifamiliar o al dividir un edificio en pisos.
- Agrupación, segregación, agregación y división de fincas, incluida la división de un piso grande en dos viviendas independientes.
- Extinción de condominio, cuando varios copropietarios se reparten el inmueble y uno se lo adjudica compensando a los demás.
En cambio, la escritura de cancelación de hipoteca está exenta de AJD, aunque tengas que asumir los gastos de notaría y registro. Y la compraventa de segunda mano, como decíamos, va por ITP.
Cuánto se paga: los tipos vigentes en la Comunidad de Madrid
Según la normativa vigente en la Comunidad de Madrid, el tipo general de los documentos notariales es del 0,75 %. Existen, además, varios tipos reducidos:
- 0,4 % en la adquisición de vivienda por una persona física cuando el valor es igual o inferior a 120.000 euros.
- 0,5 % cuando ese valor supera los 120.000 euros y no pasa de 180.000 euros.
- 0,75 % a partir de 180.000 euros, es decir, el tipo general.
- 0,2 % para viviendas de protección pública de hasta 90 metros cuadrados útiles que no cumplen los requisitos de la exención.
- 1,5 % cuando en la entrega de un inmueble se renuncia a la exención del IVA, algo frecuente entre empresarios al comprar locales o naves.
Los mismos tramos del 0,4 %, el 0,5 % y el 0,75 % se aplican a las escrituras de préstamo hipotecario para adquirir vivienda cuando el prestatario es una persona física, tomando como referencia el importe total que garantiza la hipoteca (capital, intereses y demás conceptos asegurados). Ese AJD, como verás más abajo, lo paga el banco.
Bonificaciones del AJD en Madrid
Sobre la cuota resultante, el texto refundido de tributos cedidos de la Comunidad de Madrid (artículos 38 bis y 38 ter del Decreto Legislativo 1/2010) aplica estas bonificaciones cuando compras tu vivienda habitual:
- 10 % si eres persona física y la vivienda vale hasta 250.000 euros, incluidos los anejos y las plazas de garaje que compres con ella.
- 95 % si eres titular de familia numerosa y, en caso de que la anterior vivienda habitual fuera vuestra, la vendéis en los dos años anteriores o posteriores a la compra. Desde el 11 de julio de 2026 se aplica también a las familias asimiladas a familia numerosa según la normativa madrileña.
- 100 % si tienes menos de 35 años y la vivienda, de hasta 250.000 euros, está en un municipio de menos de 2.500 habitantes.
Las bonificaciones del 10 % y del 95 % no se pueden sumar. Además, hay que habitar la vivienda en los 12 meses siguientes y mantenerla como habitual al menos tres años seguidos; si no, toca presentar en un mes una autoliquidación complementaria con intereses de demora.
El AJD en Madrid de un vistazo
| Escritura o caso | AJD en la Comunidad de Madrid (2026) |
|---|---|
| Compra de vivienda nueva por una persona física | 0,4 % si vale hasta 120.000 euros; 0,5 % si vale más de 120.000 y hasta 180.000 euros; 0,75 % si vale más de 180.000 euros (artículo 32). |
| Vivienda de protección pública de hasta 90 m² útiles sin exención | 0,2 % (artículo 32). |
| Hipoteca para comprar vivienda, con prestatario persona física | Los mismos tramos del 0,4 %, 0,5 % y 0,75 % (artículo 33). Lo paga el banco. |
| Compra de un inmueble con renuncia a la exención del IVA | 1,5 % (artículo 35). |
| Obra nueva, división horizontal, extinción de condominio y otras escrituras | 0,75 % (artículo 36). |
| Compra de vivienda de segunda mano | No paga AJD por la compraventa: tributa por ITP, al 6 % con carácter general. |
| Cancelación de hipoteca | Exenta. |
| Modelo y plazo | Modelo 601, en los 30 días hábiles siguientes a la escritura. |
Tienes el detalle en la página de actos jurídicos documentados de la Comunidad de Madrid.
Un ejemplo con números
Compras una vivienda de obra nueva en Madrid por 320.000 euros. Pagarás un 10 % de IVA, es decir, 32.000 euros, y un 0,75 % de AJD sobre el mismo importe: 2.400 euros. En total, 34.400 euros de impuestos, a los que hay que sumar notaría, registro y gestoría. Si el precio hubiera sido de 150.000 euros, el AJD bajaría al 0,5 %: 750 euros; y si además fuera tu vivienda habitual, la bonificación del 10 % lo dejaría en 675 euros.
Quién paga el AJD de la hipoteca
Es la duda estrella desde la polémica judicial de 2018. El Real Decreto-ley 17/2018 zanjó el asunto: en las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria formalizadas desde el 10 de noviembre de 2018, el sujeto pasivo del AJD es el prestamista, es decir, el banco. Si firmas hoy una hipoteca, ese impuesto no sale de tu bolsillo.
Ojo, porque el AJD de la compraventa de obra nueva sí lo paga el comprador: son dos escrituras distintas y dos hechos imponibles distintos, aunque se firmen el mismo día y ante el mismo notario.
Cómo y cuándo se declara: el modelo 601
En la Comunidad de Madrid, el AJD de las escrituras se autoliquida con el modelo 601 (el ITP va en el modelo 600; ambos se tramitan en el mismo apartado de la Oficina Virtual Tributaria), y el plazo es de 30 días hábiles desde la fecha de la escritura. En la práctica, cuando hay hipoteca, suele encargarse la gestoría designada por el banco; en una compra al contado o en una declaración de obra nueva, la responsabilidad de presentarlo en plazo es tuya. Presentarlo tarde implica recargos y, si media requerimiento, sanción.
Guarda siempre la carta de pago y la copia del modelo junto con la escritura: son la prueba documental de lo que te costó adquirir el inmueble.
El AJD también cuenta en tu IRPF
Aquí está la parte que casi nadie aprovecha. El AJD no es solo un gasto de la compra: forma parte del valor de adquisición del inmueble junto con la notaría, el registro y la gestoría. Eso tiene dos efectos muy concretos para un propietario:
- El día que vendas, un valor de adquisición más alto significa una ganancia patrimonial menor y, por tanto, menos impuesto. Lo detallamos en cómo tributa la venta de un piso en el IRPF.
- Si alquilas la vivienda, esos gastos se integran en el coste de adquisición satisfecho sobre el que se calcula la amortización del 3 % en el IRPF, uno de los gastos deducibles más potentes del alquiler.
Por eso conviene tener la documentación de la compra ordenada desde el primer día, aunque no pienses vender ni alquilar a corto plazo.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es el AJD en la Comunidad de Madrid?
El tipo general es del 0,75 %. Cuando una persona física compra una vivienda, baja al 0,5 % si vale más de 120.000 euros y hasta 180.000 euros, y al 0,4 % si vale 120.000 euros o menos. Las viviendas de protección pública de hasta 90 metros cuadrados útiles que no estén exentas tributan al 0,2 %.
¿Se paga AJD al comprar un piso de segunda mano en Madrid?
No por la compraventa. La compra de vivienda usada tributa por el ITP, que en Madrid es del 6 % con carácter general, y eso excluye la cuota gradual del AJD. Sí puede haber AJD en otras escrituras que firmes ese día, como la de la hipoteca, que paga el banco.
¿Quién paga el AJD de la hipoteca?
El banco. Desde el 10 de noviembre de 2018, en las escrituras de préstamo con garantía hipotecaria el sujeto pasivo del AJD es el prestamista, según el artículo 29 de la Ley del ITP y AJD en la redacción dada por el Real Decreto-ley 17/2018.
¿Qué bonificaciones del AJD hay en Madrid?
Si compras tu vivienda habitual, la cuota se bonifica un 10 % cuando la vivienda vale hasta 250.000 euros, y un 95 % si eres titular de familia numerosa. Los menores de 35 años que compran su vivienda habitual, de hasta 250.000 euros, en un municipio de menos de 2.500 habitantes tienen una bonificación del 100 %.
¿Qué modelo y qué plazo hay para pagar el AJD en Madrid?
Se autoliquida con el modelo 601 en los 30 días hábiles siguientes a la fecha de la escritura, a través de la Oficina Virtual Tributaria de la Comunidad de Madrid. Si se presenta fuera de plazo, se aplican recargos.
Conclusión
El AJD es un impuesto pequeño comparado con el IVA o el ITP, pero conviene tenerlo en el cálculo antes de firmar: en Madrid ronda el 0,75 % de la escritura y baja al 0,5 % o al 0,4 % en viviendas de precio moderado. Y recuerda que en la hipoteca lo paga el banco, no tú.
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